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Aviso de prácticas de privacidad en PHLB


LEY DE RESPONSABILIDAD Y PORTABILIDAD REFERENTE A LOS SEGUROS DE SALUD DE 1966

45 CFR 164.520

164.520 Aviso de prácticas de privacidad para información protegida de salud

(a) Estándar: Aviso de prácticas de privacidad

(1) Derecho a aviso. Excepto como lo disponga el párrafo (a)(2) ó (3) de esta sección, el individuo tiene el derecho de que se le preste un aviso adecuado del uso y divulgación de información protegida de salud que pueda efectuar la entidad cubierta, y de los derechos del individuo y de los deberes legales de la entidad cubierta con respecto a información protegida de salud.

AVISO DE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD

“Este aviso describe cómo la información médica sobre usted podrá usarse y divulgarse y cómo usted podrá obtener acceso a esa información.  Favor de repasarlo cuidadosamente.”

Si tiene alguna pregunta sobre este aviso, favor de comunicarse con nuestro Oficial de Asuntos de Privacidad, Sr. Tichon, llamando al (562) 446-2222.

DEFINICIONES:
Hospital:  Pacific Hospital of Long Beach en 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806 y en 1725 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806; Partial Hospitalization Program [Programa de Hospitalización Parcial] en 1740 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806 y Pacific Family Medical Clinic [Clínica Médica Familiar Pacific] en 2683 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.

QUIÉN SEGUIRÁ ESTE AVISO

Este aviso describe nuestras prácticas hospitalarias y las de:

  • Todo profesional de atención de salud autorizado para introducir información en su registro hospitalario, incluyendo médicos.
  • Todo departamento y unidad del hospital.
  • Todo miembro de un grupo voluntario a quien permitamos prestarle ayuda mientras usted se encuentre en el hospital.
  • Todo empleado, personal y todo otro miembro del personal hospitalario, incluyendo personal bajo contrato que prestara funciones como miembro de nuestra fuerza laboral e intérpretes.
  • Todo residente, interno, y estudiante.

Todas estas entidades, ubicaciones y localidades seguirán los términos de este aviso. Además de lo anterior, estas entidades, ubicaciones y localidades podrían compartir información médica entre sí con fines de tratamiento, pago u operaciones de atención de salud que se describan en este aviso.

NUESTRO COMPROMISO REFERENTE A INFORMACIÓN MÉDICA

Entendemos que la información médica sobre usted y su salud es personal. Nos comprometemos a proteger la información médica sobre usted. Para proporcionarle una atención de calidad y para cumplir ciertos requisitos legales, será necesario que produzcamos un registro de la atención y servicios que reciba en el hospital. Este aviso le corresponderá a todos los registros de su atención que produzca el personal del hospital o su médico personal. Su médico personal podría contar con distintas normas o avisos referentes al uso y divulgación de la información médica sobre usted que se produzca en el consultorio o clínica del doctor. Este aviso le informará las maneras en que nos es posible usar y divulgar información médica sobre usted, y además describe sus derechos y ciertas obligaciones que tenemos con respecto al uso y divulgación de la información médica.

La ley nos exige:

  • Asegurar que la información médica que lo identifique se mantenga en estricta reserva (con ciertas excepciones);
  • Darle este aviso de nuestros deberes legales y prácticas de privacidad con respecto a información médica sobre usted;
  • Seguir los términos del aviso que esté actualmente en vigor.

CÓMO PODREMOS USAR Y DIVULGAR INFORMACIÓN MÉDICA SOBRE USTED

Las siguientes categorías describen las distintas maneras en que podremos usar y divulgar información médica.  Para cada categoría de usos o divulgaciones explicaremos el significado y trataremos de proporcionar algunos ejemplos.  No todo uso o divulgación correspondiente a una categoría estará en la lista; no obstante, todas las maneras en que se nos permite usar y divulgar información corresponderá a una de las categorías.

  • Para tratamiento.
    Nos será posible usar información médica sobre usted para proporcionarle tratamiento o servicios médicos.  Se nos permite divulgar información médica sobre usted a doctores, enfermeros, técnicos, estudiantes de medicina, u otro personal hospitalario que colabore en su atención durante su ingreso en el hospital; por ejemplo, a un doctor que le preste tratamiento por un hueso fracturado en la pierna le podría ser necesario saber si usted tiene diabetes ya que la diabetes puede retrasar el proceso curativo.  Además de lo anterior, al doctor le podría ser necesario tener que informarle al dietético si usted tiene diabetes para que haga los trámites necesarios con fines de ofrecerle las comidas correspondientes.  Los distintos departamentos del hospital también podrían compartir información médica sobre usted para coordinar las distintas cosas que necesite, como recetas médicas, análisis de laboratorio y rayos-x.  También nos podría ser necesario tener que divulgar información médica sobre usted a individuos fuera del hospital quienes puedan colaborar en su atención médica después de que le den de alta, como a un hogar de convalecientes con servicio de enfermería calificada o agencias que prestan atención de salud en el hogar.
  • Para pagos.
    Nos será posible usar y divulgar información médica sobre usted para que el tratamiento y los servicios que reciba en el hospital se facturen y se obtengan pagos efectuados por usted, una compañía de seguros o una tercera parte encargada de pagos; por ejemplo, nos podría ser necesario tener que divulgar la información de su plan de salud referente a la cirugía que le practicaron en el hospital para que su plan de salud pueda pagarnos o reembolsarle a usted los fondos por la cirugía.  También nos podría ser necesario tener que informarle a su plan de salud sobre un tratamiento que usted ha de recibir para obtener aprobación antes de éste o para determinar si su plan cubre el tratamiento.
  • Para operaciones de atención de salud.
    Nos será posible usar y divulgar información médica sobre sus operaciones de atención de salud.  Estos usos y divulgaciones son necesarios para administrar el hospital y asegurar que todos nuestros pacientes reciban una atención de calidad; por ejemplo, podríamos usar información médica para repasar nuestros tratamientos y servicios, y para evaluar el rendimiento de nuestro personal al prestarle los cuidados necesarios.  También podríamos combinar información médica sobre un número de pacientes hospitalarios para decidir qué servicios adicionales deba ofrecer el hospital, qué servicios no son necesarios y si ciertos nuevos tratamientos son eficaces.  Además nos podría ser necesario tener que divulgarle información a doctores, enfermeros, técnicos, estudiantes de medicina y otros miembros del personal del hospital con fines de repaso y aprendizaje.  En adición a lo anterior, podríamos combinar la información médica que tengamos con información médica procedente de otros hospitales para comparar nuestro rendimiento y determinar si es necesario que superemos la atención y servicios que ofrecemos.  Podríamos retirar la información que lo identifique de esta serie de información médica para que otros individuos puedan usarla con fines de estudiar la atención de salud y suministro de atención de salud sin enterarse de quién era el paciente en específico.
  • Recordatorios de citas.
    Nos será posible usar y divulgar información médica para comunicarnos con usted y recodarle que tiene una cita para tratamiento o atención médica en el hospital.
  • Alternativas al tratamiento.
    Nos será posible usar y divulgar información médica para informarle o recomendarle posibles opciones de tratamiento o alternativas que puedan serle de interés.
  • Productos y servicios relacionados a la salud.
    Nos será posible usar y divulgar información médica para informarle sobre nuestros productos o servicios de salud que puedan serle de interés.
  • Actividades de recaudación de fondos.
    No usaremos información médica sobre usted para contactarlo con fines de recaudar fondos para el hospital y sus operaciones.  No le divulgaremos información médica a fundaciones para que puedan contactarlo para recaudar fondos para el hospital.  El hospital no está vinculado con ninguna fundación.
  • Directorio del hospital.
    Podríamos incluir cierta y limitada información sobre usted en el directorio hospitalario mientras esté ingresado en el hospital.  Esta información podría incluir su nombre, su ubicación en el hospital, su condición general (e.g., buena, estable, etc.) y su afiliación religiosa.  A menos que usted presente una solicitud específica por escrito indicando lo contrario, esta información del directorio, excepto su afiliación religiosa, también podría divulgársele a individuos que pregunten por usted usando su nombre.  Su afiliación religiosa se le podría facilitar a un miembro del clero, como un sacerdote o rabí, aún si no piden hablar con usted por nombre.  Esta información se divulga para que su familia, amigos y el clero puedan visitarlo en el hospital y tener una idea en general de su evolución.
  • Individuos que colaboren en su atención o paguen por su atención.
    Nos será posible divulgar información médica sobre usted a un amigo o miembro de la familia que colabore en su atención médica.  También podríamos facilitarle la información a un individuo que ayude a pagar por su atención.  A menos que usted presente una solicitud específica por escrito indicando lo contrario, podríamos también informarle a su familia y amigos de su condición y que está ingresado en el hospital.  Además de lo anterior, podríamos discutir información médica sobre usted con una entidad que asista en esfuerzos de asistencia humanitaria en caso de desastre para poder notificarle a su familia su condición, estado y ubicación.
  • Investigaciones.
    Bajo ciertas circunstancias podríamos usar y divulgar información médica sobre usted con fines de investigación; por ejemplo, un proyecto de investigación podría incluir una comparación de la salud y recuperación de todos los pacientes que recibieron cierto medicamento con aquellos que recibieron otro para contrarrestar la misma condición; no obstante, todos los proyectos de investigación están sujetos a un proceso especial de aprobación.

    Este proceso evalúa el propuesto proyecto de investigación y su uso de información médica para tratar de contrapesar las necesidades de investigación con la necesidad del paciente de mantener privada su información médica.  Antes de que usemos o divulguemos información médica para investigaciones, el proyecto ha de estar aprobado mediante este proceso de aprobación para investigaciones; aunque sí podríamos divulgar información médica sobre usted a individuos que estén preparando practicar un proyecto de investigación; por ejemplo, para ayudarles a buscar pacientes con necesidades médicas específicas, siempre y cuando la información médica que repasen no salga del hospital.
  • Según lo indique la ley.
    Nos será posible divulgar información médica sobre usted cuando lo exigieran las leyes federales, estatales o municipales.
  • Para evitar una seria amenaza a la salud o seguridad.
    Nos será posible usar y divulgar información médica sobre usted cuando fuera necesario para prevenir una seria amenaza a su salud y seguridad, o a la salud y seguridad del público u otra persona; no obstante, la divulgación sólo se le haría al individuo que le fuera posible prevenir la amenaza.

SITUACIONES ESPECIALES

  • Donación de órganos y tejidos.
    Nos será posible divulgar información médica a organizaciones que promueven el trámite de órganos o transplante de órganos, ojos o tejidos, o a un banco de donación de órganos según fuese necesario para facilitar las donaciones y transplantes de órganos o tejidos.
  • Militares y veteranos.
    Si usted es miembro de las fuerzas armadas, nos será posible divulgar información médica sobre usted según lo exigieran las autoridades de comando militar.  También nos podría ser necesario tener que divulgar información médica sobre un militar extranjero a las autoridades militares extranjeras correspondientes.
  • Compensación a trabajadores.
    Nos será posible divulgarle información médica sobre usted al programa de compensación a trabajadores u otros semejantes; estos programas proporcionan beneficios a razón de lesión o enfermedad relacionada con el trabajo.
  • Riesgos a la salud pública.
    Nos será posible divulgar información médica sobre usted para actividades de salud  pública.  Estas actividades generalmente incluyen lo siguiente:

    • Para prevenir o controlar enfermedad, lesión o incapacidad;

    • Para reportar nacimientos y muertes;

    • Para reportar abuso o descuido de niños, ancianos o adultos que dependan de otra persona;

    • Para reportar reacciones a medicamentos o problemas con ciertos productos;

    • Para notificarle al público de los productos retirados del mercado que puedan estar usando;

    • Para notificarle a un individuo que pueda haber quedado expuesto a una enfermedad o pueda estar a riesgo de contraer o propagar una enfermedad o condición;

    • Para notificarle a las autoridades gubernamentales correspondientes si estimáramos que un paciente ha sido víctima de abuso, abandono o violencia doméstica.  Sólo haremos esta divulgación si usted lo acuerda o cuando lo exigiera o lo autorizara la ley.
  • Actividades de supervisión de salud.
    Nos será posible divulgarle información médica a una agencia de supervisión de salud para actividades autorizadas por la ley.  Estas actividades de supervisión incluyen, por ejemplo, auditorías, investigaciones, inspecciones y licenciamientos, y son necesarias para que al gobierno le sea posible monitorear el sistema de atención de salud, los programas gubernamentales y el cumplimiento de las leyes de derechos civiles.
  • Demandas y pleitos legales.
    Si usted es parte de una demanda o pleito legal, nos será posible divulgar información médica sobre usted como respuesta a una orden judicial o administrativa.  También nos podría ser necesario tener que divulgar información médica sobre usted en respuesta a un citatorio judicial, solicitud de revelación, u otro proceso legal a otra persona que sea parte del pleito, pero únicamente si se hubiesen hecho los esfuerzos necesarios para informarle a usted sobre la solicitud (que podría incluir enviarle un aviso escrito) u obtener una orden que proteja la información solicitada.
  • Cumplimiento de la ley.
    Nos será posible divulgar información médica si lo solicitara un agente del orden público: En respuesta a una orden judicial, citatorio, orden de arresto, convocatoria, o un proceso similar:

    • Para identificar o localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo esencial o persona desaparecida;

    • Referente a la víctima de un delito, si bajo ciertas y limitadas circunstancias no nos fuera posible obtener la autorización de la persona;

    • Referente a una muerte que estimáramos fuera el resultado de conducta delictiva;

    • Referente a una conducta delictiva en el hospital; y
    • En circunstancias de emergencia para reportar un delito, el sitio del delito o las víctimas, o la identidad, descripción o ubicación de la persona que cometió el delito.

Pesquisidores, médicos forenses y directores de pompas fúnebres.

Nos será posible divulgarle información médica a un pesquisidor o médico forense.  Esto podría ser necesario, por ejemplo, para identificar al finado o determinar la causa de muerte.  También nos podría ser necesario tener que divulgarle información médica sobre pacientes del hospital al director de pompas fúnebres según fuera necesario para desempeñar sus funciones.

  • Seguridad nacional y actividades de inteligencia.
    Nos será posible divulgarle información médica sobre usted a oficiales federales autorizados por razones de inteligencia, contrainteligencia, y otras actividades de seguridad nacional autorizadas por la ley.
  • Servicios de protección para el Presidente y otros.
    Nos será posible divulgarle información médica sobre usted a oficiales federales autorizados con fines de que puedan ofrecerle la protección correspondiente al Presidente, otras personas autorizadas o jefes de estado, o para conducir investigaciones especiales.
  • Reclusos.

Si usted está recluido en una institución penal o está bajo la custodia de un agente del orden público, nos será posible divulgar información médica sobre usted a la institución penal o al agente del orden público.  Esta divulgación sería necesaria (1) para que la institución le proporcionara la atención de salud necesaria, (2) para proteger su salud y seguridad o la salud y seguridad de otros; o (3) para la seguridad y precaución de la institución penal.

SUS DERECHOS REFERENTES A INFORMACIÓN MÉDICA SOBRE USTED

Usted tiene los siguientes derechos referentes a la información médica que archivemos sobre usted:

  • El derecho de inspeccionar y copiar.

    Usted tiene el derecho de inspeccionar y copiar la información médica que pueda usarse para tomar decisiones sobre su atención; generalmente esto incluye los registros médicos y de factura, aunque no podrá incluir cierta información de salud mental.

    Para poder inspeccionar y copiar información médica que pueda usarse para tomar decisiones sobre usted, será necesario que presente su solicitud por escrito a Pacific Hospital of Long Beach, Attn: Correspondence-Health Information Management Department, 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.  Si usted solicita una copia de la información, podríamos cobrarle los costos de copiarla, el franqueo y otros suministros vinculados con su solicitud.

    Podríamos negarle la solicitud de inspeccionar y copiar en ciertas y muy limitadas circunstancias.  Si le negaran acceso a información médica, usted puede solicitar que se repase el rechazo de su solicitud.  Otro profesional licenciado en atención de salud que escoja el hospital repasará su solicitud y el rechazo.  La persona que conduzca el repaso no será la persona que negó su solicitud.  Cumpliremos con los resultados del repaso.
  • Derecho de enmendar.

    Si usted estima que la información médica que tenemos sobre usted está incorrecta o incompleta, puede solicitarnos que enmendemos la información.  Usted tiene el derecho de solicitar la enmienda siempre que la información esté archivada por o para el hospital.

    Para solicitar una enmienda, su solicitud ha de hacerse por escrito y presentarse a Pacific Hospital of Long Beach, Attn: Correspondence-Health Information Management Department, 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.  Además de lo anterior, será necesario que ofrezca la razón que respalde su solicitud.

    Podríamos negarle la solicitud de hacer una enmienda si no se presentara por escrito o no incluyera la razón que respalde la solicitud.  Además de lo anterior, podríamos negarle la solicitud si nos solicita que enmendemos información que:

    • No hayamos producido nosotros, a menos que la persona o entidad que produjera la información ya no estuviese disponible para efectuar la enmienda;
    • No fuera parte de la información médica archivada por o para el hospital;
    • No fuera parte de la información que le permiten inspeccionar y copiar; o
    • Fuese precisa o completa.

    Aún si le negáramos la solicitud de enmendar, usted tiene el derecho de presentar un suplemento escrito de menos de 250 palabras con respecto a todo punto o declaración en su registro que usted estime no estuviese completo o correcto.  Si usted indicara claramente por escrito que desea que el suplemento se introdujera en sus registros médicos, lo anexaremos a sus registros y lo incluiremos siempre que divulguemos el punto o declaración que usted estime estar incompleto o incorrecto.
  • Derecho a que le rindan cuentas de las divulgaciones.
    Usted tiene el derecho de solicitar que le “rindan cuentas” de las divulgaciones; o sea,  que le faciliten una lista de las divulgaciones que hayamos hecho de información médica sobre usted aparte de las necesarias para nuestros propios usos con fines de tratamiento, pagos y operaciones de atención de salud (como las funciones que se describieron anteriormente) y con otras expectativas según la ley.  Para solicitar este rendimiento de cuentas o lista de las divulgaciones, será necesario que presente su solicitud por escrito a Pacific Hospital of Long Beach, Attn: Correspondence-Health Information Management Department, 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.  Su solicitud ha de indicar un período de tiempo que no podrá ser más de 6 años y no podrá incluir fechas antes del 14 de abril del 2003.  La primera lista que solicite dentro de un período de 12 meses será gratis.  Si desea obtener listas adicionales podríamos cobrarle los costos de proporcionar la lista; antes de incurrir costos le notificaremos cuáles serían los gastos correspondientes a cuya hora usted podría optar por retirar o modificar su solicitud.
  • El derecho de solicitar restricciones.
    Usted tiene el derecho de solicitar una restricción o limitación a la información médica que usemos o divulguemos sobre usted para tratamientos, pagos u operaciones de atención de salud.  Usted también tiene el derecho de solicitar que se limite la información médica que divulguemos sobre usted a un individuo que participe en su atención o pago de su atención, como un miembro de la familia o amigo; por ejemplo, usted podría pedirnos que no usemos o divulguemos información sobre una cirugía a la que se sometió.

    No se nos exige concederle su solicitud.  Si se la concediéramos, cumpliremos con su solicitud a menos que la información fuera necesaria para proporcionarle tratamiento de emergencia.

    Para solicitar restricciones será necesario que presente su solicitud por escrito a Pacific Hospital of Long Beach, Attn: Correspondence-Health Information Management Department, 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.  Será necesario que nos indique en su solicitud (1) la información que desea limitar; (2) si desea limitar nuestro uso, divulgación, o ambos y (3) a quién desea que se le limite información; por ejemplo, en las divulgaciones a su familia o amigos.
  • Derecho de solicitar comunicaciones confidenciales.
    Usted tiene el derecho de solicitar que al comunicarnos con usted referente a asuntos médicos lo hagamos de cierta manera o en cierto sitio; por ejemplo, usted puede solicitarnos que sólo nos comuniquemos con usted en el trabajo o por correo.

    Para solicitar comunicaciones confidenciales será necesario que presente su solicitud por escrito a Pacific Hospital of Long Beach, Attn: Correspondence-Health Information Management Department, 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.  No le pediremos la razón de su solicitud y concederemos toda solicitud razonable.  Su solicitud ha de especificar cómo o dónde desea que nos comuniquemos con usted.
  • El derecho de recibir una copia en papel de este aviso.

    Usted tiene el derecho de recibir una copia en papel de este aviso.  Usted puede solicitarnos que le demos una copia de este aviso a cualquier hora.  Aunque usted haya acordado recibir este aviso por medios electrónicos, aún tiene el derecho de que le proporcionen una copia en papel.

    Para obtener una copia en papel de este aviso, solicítelo por escrito o en persona a: Pacific Hospital of Long Beach, Attn: Correspondence-Health Information Management Department, 2776 Pacific Avenue, Long Beach, CA 90806.

CAMBIOS EN ESTE AVISO

Reservamos el derecho de cambiar este aviso. Reservamos el derecho de hacer entrar en vigor el aviso revisado o cambiado referente a información médica que ya tengamos sobre usted, al igual que referente a toda información que recibamos en el futuro. Fijaremos una copia del aviso actual en el hospital; el aviso incluirá la fecha en que entra en vigor en el ángulo izquierdo inferior. Además de lo anterior, cada vez que se registre o lo ingresen en el hospital para que le presten tratamiento o servicios de atención de salud como paciente ingresado o externo, le ofreceremos una copia del aviso actual en vigor.

QUEJAS

Si usted estima que se han infraccionado sus derechos de privacidad, puede presentarle una queja al hospital o al Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos [Secretary of the Department of Health and Human Services].  Para presentarle una queja al hospital, comuníquese con el Jefe de Asuntos de Privacidad [Chief Privacy Officer], llamando al 562-997-2500.  Será necesario que toda queja se presente por escrito.

A usted no lo penalizarán por presentar una queja.

OTROS USOS DE LA INFORMACIÓN MÉDICA

Únicamente con su permiso por escrito se efectuarán otros usos y divulgaciones de información médica que no cubra este aviso o las leyes que nos corresponden.  Si usted nos diera permiso de usar y divulgar información médica sobre usted, le será posible revocar ese permiso, por escrito, en cualquier momento.  Si usted revoca su permiso, se suspenderá todo uso o divulgación adicional de su información médica para los propósitos cubiertos por su autorización escrita, excepto si ya hubiésemos actuado confiándonos en su permiso.  Usted entiende que no nos será posible revocar una divulgación que ya hubiésemos efectuado con su permiso y que se nos exige retener registros de toda atención que le proporcionemos.

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